Cómo se regula la filiación en casos de donación de gametos
La filiación en casos de donación de gametos en España es un tema que genera muchas dudas y preguntas. La legislación española establece normas claras que buscan proteger tanto a los donantes como a los beneficiarios y a los niños nacidos mediante estas técnicas reproductivas. Este artículo explorará en profundidad cómo se regula la filiación cuando se utilizan gametos donados, incluyendo aspectos legales, situaciones prácticas y ejemplos del mundo real.
Marco Legal de la Filiación en Donación de Gametos
Normativa Específica
El marco legal que regula la filiación en casos de donación de gametos en España se encuentra principalmente en la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. Esta ley establece que los donantes de gametos (óvulos y esperma) deberán ser anónimos y altruistas.
Artículos del Código Civil
El artículo 7 de la Ley 14/2006 establece que la filiación de los niños nacidos mediante técnicas de reproducción asistida con donación de gametos será determinada conforme a lo dispuesto en el Código Civil. En particular:

- Artículo 120.3 del Código Civil: Establece que no habrá lugar a la acción de reclamación de paternidad en los casos de inseminación artificial con semen de donante.
- Artículo 131 del Código Civil: Señala que la filiación de los nacidos por técnicas de reproducción humana asistida con donación de gametos quedará establecida por la voluntad manifiesta de las personas que se someten a dichas técnicas.
Procedimiento para Determinar la Filiación
El Consentimiento Informado
Antes de iniciar cualquier procedimiento de donación de gametos, los futuros padres deben firmar un consentimiento informado en el que manifiestan su voluntad de ser considerados los padres legales del futuro niño. Este documento es esencial para que no haya ambigüedad en la filiación del menor.
Registro Civil
Una vez nacido el niño, los padres deben inscribirlo en el Registro Civil. El registro deberá ser realizado por las personas que han dado su consentimiento informado para la técnica, y serán ellos los que aparezcan como padres del niño en el Registro.
Problemas y Controversias Comunes
Anonymato y Derechos del Niño
Una de las controversias comunes en la donación de gametos es el tema del anonimato del donante. Mientras que la ley protege el anonimato del donante, surgen debates sobre el derecho del niño a conocer su ascendencia biológica. Sin embargo, actualmente en España, los donantes de gametos permanecen anónimos por ley.

Casos de Reclamación de Paternidad
Aunque el Código Civil y la Ley 14/2006 son claros en cuanto al anonimato del donante y la imposibilidad de reclamar la paternidad, han existido casos donde se ha intentado. Estos casos suelen ser desestimados gracias a la normativa vigente.
Ejemplos de Situaciones Reales
Para ilustrar mejor cómo se regula la filiación en casos de donación de gametos, veamos algunos ejemplos prácticos:
- Ejemplo 1: María y Juan desean tener un hijo pero Juan es infértil. Optan por la donación de esperma. Firman el consentimiento informado y, al nacer el niño, solo María y Juan se consideran los padres legales.
- Ejemplo 2: Luisa opta por una donación de óvulos debido a problemas de fertilidad. Firma el consentimiento y a pesar de que no usa su ovulo, ella es considerada la madre legal del niño.
¿Qué derechos tienen los donantes de gametos bajo la ley española?
Los donantes de gametos en España tienen derechos específicos bajo la Ley 14/2006. Entre estos derechos se incluye el derecho al anonimato y a no ser considerados padres legales de los niños nacidos mediante la donación de sus gametos. Esta ley también establece que la donación debe ser altruista, significando que los donantes no recibirán ninguna compensación económica, aunque pueden recibir una compensación por los gastos y molestias derivados del proceso de donación.

¿Cómo se tratan las situaciones de donaciones de gametos entre familiares?
La Ley 14/2006 permite la donación de gametos entre familiares hasta el segundo grado cuando se realiza entre personas muy próximas, siempre que se garantice que no se vulnera el principio de anonimato en la donación. En estos casos, el consentimiento informado toma una relevancia aún mayor para prevenir cualquier conflicto de filiación en el futuro.
Preguntas Frecuentes
No, la ley española protege el anonimato del donante de gametos.
No, según la ley, los donantes no pueden reclamar la paternidad de los niños nacidos con sus gametos.
Si la pareja se separa, la filiación sigue siendo la misma que la firmada en el consentimiento informado, a no ser que se estipule lo contrario ante un juez.
Los niños nacidos mediante donación de gametos tienen los mismos derechos hereditarios que cualquier otro hijo de la pareja.
No, la ley no permite la donación de gametos de personas fallecidas.
Sí, una mujer soltera puede recurrir a la donación de gametos y será considerada la madre legal del bebé.
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